Existe un procedimiento exprés para que le cobren al Gobierno los riesgos asociados a los contratos con las farmacéuticas.
El blindaje jurídico que el Gobierno les dio a las farmacéuticas para tener acceso a las vacunas es la creación de un mecanismo para que el Estado pague a los laboratorios por la materialización de riesgos contemplados en los contratos.
«Con el objeto de atender la crisis sanitaria y llevar a buen término estos procesos contractuales, es necesario permitir que los riesgos de esos contratos que finalmente se suscriban sean cubiertos por el Fondo de Contingencias de Entidades Estatales«, indica la resolución 0230 del Ministerio de Hacienda.
Las compañías solamente tendrán que presentar un listado de documentos al fondo, administrado por el Ministerio de Hacienda. Esa entidad tiene 3 días hábiles para revisar la documentación y, si está en regla, tendrá 30 días hábiles para entregar el dinero.
«Acreditando el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el artículo 1 de la presente resolución, el fondo no podrá, en ningún caso, abstenerse de emitir la instrucción de pago«, indica la resolución.
Entre los documentos a presentar hay varias formalidades como los certificados de existencia y representación legal, pero para justificar la cuenta de cobro lo que se pide es una «copia simple del acta de conciliación, laudo arbitral, decisión judicial ejecutoriada o cualquier contrato, convenio o acto jurídico o soporte expedido por una autoridad o persona nacional o extranjera en la cual se evidencia de forma expresa el motivo y monto de la contingencia acaecida, según se haya definido en el contrato».
La normativa no es clara sobre cuáles son exactamente los riesgos y obligaciones contingentes a los que se refieren los contratos (que son confidenciales), pero además señalan que «los documentos y la solicitud misma serán tratados bajo estándares de confidencialidad y serán manejados y almacenados bajo absoluta reserva, atendiendo a los compromisos de las partes».
El apretado calendario
La creación de este mecanismo se dio a toda velocidad. Por ejemplo, el decreto 108, que lo habilitó, no fue sometido a comentarios por el tiempo ordinario que estipula la ley, que es de unos 15 días, sino solo por un día «atendiendo a la necesidad de dar celeridad a la finalización de las condiciones de entrega de los biológicos necesarios para la vacunación de la población colombiana sin desconocer la importancia de la estabilidad de las finanzas públicas», señala el documento.
En un solo día, el 29 de enero, el Gobierno expidió el decreto 108, la resolución 0230 y, aún más sorprendente, publicó ambas cosas en el diario oficial.
Esa noche, el presidente Iván Duque le anunció al país la compra de 10 millones de dosis a Moderna y otras 2.5 millones más a Sinovac para completar el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19.