La decisión fue tomada y aclarada por el Consejo de Estado.


Por: Redacción Digital BLU Radio

Aunque en días pasados fue derrotada la ponencia que solicitaba que se levantaran las medidas cautelares sobre la forma en la que está reglamentada la actividad de exploración y producción de yacimientos no convencionales (técnica del fracking) en Colombia, el Consejo de Estado aclaró que en la decisión no se prohibieron las pruebas piloto usando la técnica de fracturamiento de roca generadora de hidrocarburos.

La Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó el auto del 8 de noviembre de 2018, proferido por el ponente de este proceso, que decretó la medida cautelar de suspensión provisional del Decreto 3004 de 26 de diciembre de 2013 “por el cual se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”, y de la resolución 90341 de 2014, del Ministerio de Minas y Energía, “por la cual se establecen requerimientos técnicos y procedimientos”.

La magistrada Lucy Jeannette Bermúdez explicó que “la Sala advirtió que el alcance de esta decisión no impide la realización de proyectos piloto integrales de investigación (PPII), contenidos en el capítulo 14 del Informe sobre efectos ambientales (bióticos, físicos y sociales) y económicos de la exploración de hidrocarburos en áreas de posibles despliegue de técnicas de fracturamiento hidráulico de roca generadora mediante perforación horizontal”.

La presidenta del Consejo de Estado explicó que “los pilotos solo son con fines de investigación, nada comercial. En todo caso al Gobierno Nacional le queda la gran e importante responsabilidad con el país que aquellos estudios que se vayan a hacer en las regiones se rodeen de las máximas garantías para proteger el medio ambiente y el subsuelo”.

Agregó que teniendo en cuenta que esta es una medida cautelar, puede ser modificada en el proceso.

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